Las organizaciones internacionales y buenas prácticas en la estiba

La labor de las organizaciones internacionales de transporte en la implantación de buenas prácticas en la estiba segura de la carga en los camiones.

En un blog como éste no se puede dejar de mencionar el papel que las organizaciones internacionales del transporte están desarrollando para conseguir que la carga de los vehículos de transporte se encuentre debidamente estibada. Como se ha puesto de relieve en las anteriores entradas, el amarre y estiba de las mercancías al camión es una exigencia de seguridad vial de carácter transnacional en la que tanto cargadores como transportistas deben estar sensibilizados por las graves consecuencias que su incumplimiento puede acarrear. Tradicionalmente han sido los operadores del transporte sobre quienes ha recaído dicha responsabilidad, por lo que no es de extrañar que las organizaciones que agrupan a este tipo de operadores hayan fijado su atención en esta importante cuestión.

En concreto, quisiera en esta entrada referirme al papel que la Unión Internacional de Transporte por Carretera (en adelante, IRU en su acrónimo inglés), que representa los intereses de las empresas de transporte a nivel mundial, ha llevado a cabo en el campo de la estiba de las mercancías porque pone de relieve la importancia de esta cuestión en el desarrollo del transporte por carretera. En tal sentido, conviene destacar la reciente publicación de un Código de buenas prácticas para la estiba segura de la carga en el transporte por carretera, en el que se consagran una serie de recomendaciones a los transportistas para conseguir una estiba segura de las mercancías. Dicho Código toma como referencia la norma europea sobre retención de carga en vehículos de carretera (EN 12195-1: 2010), si bien incluye otras prácticas de seguridad utilizadas de forma frecuente en el sector del transporte por carretera.

Sin embargo, el hecho de que dicho código haya sido elaborado por la agrupación internacional de transportistas por carretera no quiere decir que sus destinatarios sean solamente sus miembros. Cabe destacar que fija como objetivo principal su utilización por todos los intervinientes en el transporte, incluyendo expresamente a las empresas cargadoras, así como a los responsables de la aplicación de estas exigencias legales, esto es, las autoridades gubernativas competentes, e, incluso, a los tribunales, como última instancia encargada de resolver las posibles controversias que su aplicación genere. Se llega incluso a decir que el objetivo último de este repertorio de buenas prácticas es aclarar el contenido y aplicación práctica de las normas europeas vigentes, como si se tratara de una guía interpretativa. Sin entrar en su valor jurídico ni en su supuesto carácter vinculante, ciertamente discutible, lo que es cierto es que proporciona un marco de información práctica en la que se proponen interesantes instrucciones y consejos que pueden permitir a los intervinientes en la cadena de transporte llevar a cabo una estiba segura conforme a las obligaciones legales existentes.

Pero además, la IRU, al extender su campo de influencia sobre operadores de distintos países, hace que sus recomendaciones desplieguen sus efectos uniformizadores en todos los países y promueva su aplicación generalizada tanto a los transportes nacionales como a los de carácter internacional. Es cierto que existe una normativa comunitaria que regula de forma precisa las exigencias que deben cumplir los amarres y estiba en los camiones (EN 12195-1: 2010). Pero si además, todos los operadores europeos utilizan este código de buenas prácticas para la estiba segura de las mercancías, se habrá logrado reforzar de manera significativa la seguridad de los transportes por carretera en toda Europa, haciendo más practicable y global la aplicación de este tipo de exigencias a todos los operadores involucrados en el transporte de mercancías por carretera.

ESTIBA

ESTIBA

No se puede en esta entrada reflejar de forma pormenorizada todos los aspectos que son objeto de tratamiento en dicho código de buenas prácticas. Cabría destacar, en cualquier caso, la atención que presta a la estructura del vehículo y, sobre todo, a los sistemas de retención de la mercancía, distinguiendo, en primer lugar, el de bloqueo, al que dedica un extenso tratamiento, explicando con detenimiento los distintos sistemas que lo propician; en segundo lugar, al cierre; posteriormente, a la combinación de métodos de sujeción. Y, finalmente, al equipamiento de apoyo, que constituye el elemento clave para una adecuada fijación de la mercancía al camión. Pero no acaba ahí el contenido del código. Incorpora dos aspectos que tienen una gran incidencia práctica en la efectiva implantación de las medidas necesarias para una adecuada estiba. Por una parte, muestra los cálculos que deben hacerse para conseguir ajustar debidamente la estiba y, por otra, las formas de inspeccionar la fijación de la carga, estableciendo una clasificación de deficiencias y proponiendo para ello distintos métodos de inspección. El Código se cierra con una serie de ejemplos de buenas prácticas de estiba que se refieren a distintos tipos de vehículos y cargas, y que sirven de ilustración de lo que debe ser una correcta estiba cualquiera que sea la mercancía objeto de transporte y el tipo de vehículo utilizado para ello.

En definitiva, se trata de un instrumento muy útil para que los intervinientes en el transporte por carretera conozcan los medios a su alcance para lograr una estiba correcta de las mercancías en el camión. Además, su carácter internacional permite augurar que su implantación práctica se aplique de manera uniforme en un gran número de países, consagrándose así como una referencia imprescindible en el campo de la estiba de las mercancías transportadas por carretera a nivel europeo. Conviene recordar, además, como ya hemos puesto de relieve en otras entradas anteriores, que para la aplicación de la nueva Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014, que atribuye a las autoridades de los estados miembros la competencia para sancionar los incumplimientos de las normativas aplicables en materia de estiba y amarre de las mercancías transportadas, serán de gran utilidad estas recomendaciones a la hora de comprobar en la realidad de cada caso el efectivo cumplimiento o no de dichas exigencias en el transporte europeo. En cualquier caso, esperamos en próximas entradas tener ocasión de adentrarnos en algunos de sus principales aspectos que, a buen seguro, ilustrarán el interés y relevancia de sus tratamientos sobre la materia. De cualquier forma su propia existencia pone de relieve el interés que el tema del amarre y estiba de las mercancías tiene en el desarrollo actual del transporte por carretera.

Alberto Emparanza

Soy autor de varios libros y monografías sobre esta materia, entre los que destaco : “La noción de porteador en el transporte de mercancías”, “Comentarios a la Ley del Contrato de Transporte Terrestres”, “Seguros de transporte terrestre de mercancías” y “Contrato de transporte terrestre de mercancías” Como experto en el tema fui nombrado, por el Ministerio de Justicia, miembro de la Comisión Redactora del Anteproyecto de Ley de Contrato de Transporte Terrestre que finalmente dio como resultado la publicación de la LCTT el 11 de noviembre de 2009 hoy en vigor. En la actualidad, simultaneo estas labores académicas con la dirección de la Revista de Derecho del Transporte, con el asesoramiento jurídico a empresas en materia de derecho de transporte, y con mi condición de Vocal de la Junta Arbitral de Transporte del País Vasco. Cuando el centro de formación Aragón y la empresa Spanset me invitaron a colaborar en el Instituto Telemático de Seguridad Industrial y me explicaron su proyecto de desarrollo de un curso de estiba de cargas me entusiasmó la idea .Aunaba docencia y experiencia práctica y aplicada. Vi una gran oportunidad para determinar necesidades, y buscar soluciones conjuntamente y de poder llegar a un amplísimo potencial de usuarios del transporte mediante el e-learning. En este blog me planteo realizar una publicación semanal de una noticia, artículo, comentario o análisis de cuestiones relacionadas con la carga, descarga, estiba y desestiba de las mercancías, desde una perspectiva predominantemente jurídica en bloques, tratando de que sean tenidas en cuenta las responsabilidades en las que pueden incurrir los cargadores y los transportistas por tales labores, sin olvidar el importante papel que están llamadas a desempeñar las administraciones a la hora de realizar las inspecciones y controles sobre el cumplimiento de las exigencias legales existentes en la materia. Además, me gustaría mantener una cierta interactividad con los lectores del blog, de tal forma que puedan dejar sus comentarios o preguntas sobre lo expuesto en el blog a fin de que pueda contestarles, respondiendo a sus dudas y generando así un foro de encuentro sobre estas materias. Me ilusiona poder contribuir a través de este blog e Isti, a que los cargadores, transportistas y verificadores del mundo del transporte aclaren sus dudas y se sientan más seguros a la hora de establecer roles y responsabilidades en la carga, descarga, estiba y desestiba de las mercancías.

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